Servidores de Cristo Rey

viernes, 27 de marzo de 2020

Para pedir a Dios alguna gracia por intercesión de Antonio Molle Lazo


     Despréndese de lo anterior que cuanto en este escrito o en cualesquiera otras publicaciones de la Junta se expresa sobre juicios de virtudes, sobre calificativos o exaltaciones de actos como el del martirio, van expuestos en el sentido usual y no en el jurídico-canónico, pues tanto los juicios como las expresiones y calificativos están siempre sometidos a la autoridad de la Iglesia. Plenamente sometidos a dicha jurisdicción, única competente, procura esta Junta recoger cuanto a la devoción de Antonio Molle se refiere.

     Cuidado extremo de la Asociación de fieles Servidores de Cristo Rey ha sido recoger de manera auténtica la más exacta información que ha llegado hasta el término de tomar declaraciones a los mismos asesinos, en los que se ha visto la gracia de Dios en sus conversiones y sacramentos recibidos.

     Por esta razón nadie está autorizado para publicar escrito alguno que se refiera a la devoción de Antonio Molle Lazo, y mucho menos puede admitirse que nadie se arrogue derecho de recibir informaciones o donativos, no siendo los corresponsales autorizados por esta Asociación.

     Reiteramos la petición, de que los favores obtenidos atribuidos a la intercesión de Antonio Molle Lazo, se envíe siempre en nota aparte de carta y firmados (los anónimos no tienen valor), y cuando se trate de curaciones, se acompañen de certificaciones médicas, radiográficas, análisis, etc., para la mejor comprobación.

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